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El Ministerio de Comunicaciones publicó un acuerdo con las restricciones de circulación para el transporte pesado durante la Semana Santa 2024.
El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda -CIV- publicó hoy en el diario oficial las restricciones de circulación para el transporte pesado durante la Semana Santa 2024, así como los vehículos que tendrán autorización para transitar.
A continuación te compartimos el detalle del horario y los lugares donde se le permitirá transitar a los vehículos de carga durante la restricción. ¡Pilas pues!
La Semana Santa 2024 se celebrará del Domingo de Ramos 24 de marzo al Domingo de Resurrección 31 de marzo, por lo que desde ya se están anunciando todos las medidas que se implementarán durante una de las épocas más concurridas en las carreteras del país.
Una de estas medidas son las restricciones de circulación al transporte pesado, las cuales el CIV establece a través del recién publicado Acuerdo Ministerial 264-2024.
Según se dispone en el artículo 1 del documento las limitaciones entrarán en vigor a partir del miércoles 27 de marzo a las 12:00 horas y se extenderán hasta el domingo 31 de marzo a las 24:00 horas.
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Cabe destacar que existen excepciones contempladas en el acuerdo, principalmente para el transporte de carga de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos, así como para las grúas, consideradas equipos de servicio esencial.
Según lo dispuesto por las autoridades, estos vehículos estarán exentos de las restricciones y podrán circular sin necesidad de permisos especiales durante el periodo establecido.
Esto no solo garantiza el abastecimiento de bienes esenciales durante la festividad, sino que también asegura la disponibilidad de servicios de asistencia y rescate en caso de emergencias viales.
Es importante resaltar que estas disposiciones tienen como objetivo principal reducir la congestión vehicular y prevenir posibles incidentes en las carreteras durante el feriado de Semana Santa, un periodo en el que miles de personas suelen movilizarse para disfrutar de momentos de descanso y reflexión.
En cuanto a los lugares donde el transporte de carga pesada podrá circular, el acuerdo establece las siguientes rutas habilitadas:
Las disposiciones indicadas anteriormente entrarán en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario de Centroamérica, es decir el 16 de marzo del 2024 y, según se indica en el artículo 3 del documento, el CIV estará sancionando las infracciones a las mismas en conformidad con la legislación vigente.
Puedes leer el Acuerdo Ministerial 264-2024 en la edición legal del Diario Oficial a través de este enlace.
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