Sociedad

Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: En la imagen una mujer sostiene una factura. (Crédito: Envato/Wavebreakmedia)
Este 14 de enero de 2023 entrará en vigencia los cambios para emitir facturas, en las que ya no podrás utilizar Consumidor Final.
A partir del 14 de enero de 2023 las facturas deberán ser emitidas con el Número de Identificación Tributaria (NIT) o el Documento Personal de Identificación (DPI), ya no podrá llevar Consumidor Final (CF). ¡Pilas pues!
Cada vez que comienza el año se debe estar pendiente de las actualizaciones tributarias, así como no olvidar que en documentos legales o cheques se debe colocar el año correcto, que en este caso es 2023.
Es por ello, que te queremos recordar que el Acuerdo Gubernativo 245-2022 entrará en vigencia este 14 de enero de 2023.

Según el Acuerdo del Ministerio de Finanzas se destacan requisitos para facturas, facturas especiales, facturas de los Régimenes de Tributación Simplificada, notas de débito y de crédito.
Además, es importante recordar que ahora se utilizar la Factura Electrónica en Línea (FEL), porque las impresas vencieron el 1 de julio de 2022.

Todos los documentos que acrediten ventas o servicios inferiores a Q2,500.00, podrán utilizar CF, de lo contrario deberán llevar NIT.
También en documentos que acrediten la prestación de servicios básicos de consumo como agua potable, energía eléctrica y telefonía inferiores a Q500.00.

Artículo 30, requisitos: Las facturas, facturas especiales, facturas de los Regímenes de Tributación Simplificada, notas de débito y de crédito, deberán cumplir como mínimo con los siguientes requisitos.
Recuerda que es importante contar con el Número de Identificación Tributaria (NIT), así como con el Documento Personal de Identificación (DPI) vigente.
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