Sociedad

Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: En la imagen una mujer recibe una factura por compras. (Crédito: Envato/astrakanimages)
El Ministerio de Finanzas realizó algunas reformas a la Ley del IVA, por lo que ahora las facturas deberán llevar número de NIT.
El Ministerio de Finanzas Públicas publicó este 14 de octubre de 2022, en el Diario de Centro América, las reformas al Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), en el que establece que algunas facturas deberán llevar número de NIT o DPI, a partir del próximo año.
¡Pilas pues! Los cambios establecidos en el Acuerdo Gubernativo 245-2022, te los contaremos a continuación y debes estar preparado.
De acuerdo a la publicación, se reformó el Artículo 30 del Acuerdo Gubernativo 5-2013, del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Los cambios entrarán en vigencia a partir de 3 meses de su publicación en el Diario de Centro América, que sería el 14 de enero de 2023.

Artículo 30, requisitos: Las facturas, facturas especiales, facturas de los Régimenes de Tributación Simplificada, notas de débito y de crédito, deberán cumplir como mínimo con los siguientes requisitos.

Este es uno de los principales cambios, en el inciso del NIT del adquiriente, si este no lo tiene se consignará el Código Único de Identificación (CUI) del Documento Personal de Identificación (DPI).
Podrán asignarse las palabras consumidor final o las siglas CF, únicamente en documentos que acrediten ventas o servicios inferiores a Q2,500.00.
También en documentos que acrediten la prestación de servicios básicos de consumo como agua potable, energía eléctrica y telefonía inferiores a Q500.00.

Recuerda que es importante contar con tu Número de Identificación Tributaria (NIT) y este lo puedes gestionar en línea, ya que es importante para realizar trámites. ¡Pilas pues!
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