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¿Se corre el asueto del 20 de octubre de 2021 en Guatemala?

Sociedad | Por: Judith Pérez | Actualizado el:
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Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: Hombre con gorra observa una de las ruinas en Petén. (Créditos: Hosteltur)

Te contamos si se corre o no el asueto del 20 de octubre de 2021 en Guatemala, ya que por la reforma quedan dudas si se corre por fin de semana largo.

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La ley de trabajo contempla 11 días de descansos oficiales  y si ya estás pensando en el próximo descanso entre semana, nosotros te explicamos lo que debes saber para determinar si aplica para fin de semana largo o no.

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¿Habrá fin de semana largo por asueto del 20 de octubre de 2021 en Guatemala?

El año pasado la Corte de Constitucionalidad -CC- dejó sin efecto que determinados asuetos puedan convertirse en fin de semana largo. Es por ello que a través del Congreso de la República se hizo una reforma al Decreto 42-2010 Ley que promueve el turismo interno.

Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: Persona sujeta la Bandera de Guatemala con el Lago de Atitlán de fondo. (Créditos: giovaagram)

Entre los asuetos excluidos dentro de la extensión del fin de semana largo se encuentran el del 1 de mayo y el Día de la Revolución. Por tanto, este miércoles 20 de octubre no se correrá el asueto para tener un fin de semana largo.

¿Cómo funcionan los fines de semana largos?

En septiembre del 2018 el Congreso de la República aprobó una reforma a la Ley que Promueve el Turismo Interno, decreto 19-2018 para que tres asuetos sean más largos, trasladándolos a lunes o viernes. El objetivo de la reforma es promover el turismo nacional.

En el artículo 2 establece: «Con el objeto de promover el turismo nacional, cuando el día de asueto recaiga en día martes se gozará el día lunes anterior; si recae en día miércoles o jueves, se gozará el día viernes inmediato; si el mismo recayese en día sábado o domingo, no se modificará».

Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: Manos sostienen un mapa de Tikal. (Créditos: :www.reisjunk.nl)

Excepciones de la ley

Se exceptúan de la aplicación de la presente ley los días, en los cuales el asueto no se corre, sino que debe tomarse como tal ese mismo día:

  • 1 de enero.
  • El jueves, viernes y sábado santos.
  • 1 de mayo.
  • 15 de septiembre.
  • 20 de octubre.
  • 1 de noviembre.
  • Medio día del 24 de diciembre.
  • 25 de diciembre.
  • Medio día del 31 de diciembre.
  • El día de la festividad de la localidad.

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