Sociedad

Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: Docente sostiene un recipiente con pintura junto a sus estudiantes. (Crédito: Mineduc)
Retorno de la carrera de magisterio en Guatemala es oficial con la publicación del Decreto 4-2026 del Congreso de la República en el Diario Oficial.
El decreto que aprueba el restablecimiento de la carrera de magisterio en Guatemala ha sido publicado en el Diario Oficial. De esta forma se oficializa la creación de escuelas e institutos normales con especialidades y se regula la formación de maestros en estos centros.
El Congreso de la República oficializó el regreso de la carrera de magisterio a las escuelas normales de Guatemala por medio del Decreto 4-2026, Ley de escuelas e institutos normales con especialidades, publicado el 24 de febrero en el Diario Oficial.
Esta normativa regula todo lo relacionado al restablecimiento de la formación de maestros durante el nivel diversificado y devuelve al Ministerio de Educación —MINEDUC— la responsabilidad de prepararlos y titularlos.
Esta ley también cambia la disposición aprobada en el 2012, con la que se sustituyó la carrera de magisterio por el bachillerato con orientación en Educación para los maestros de educación primaria, requiriendo que los estudiantes completaran su formación en cinco años, dos a nivel diversificado y tres en la universidad.
El decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial, es decir el 4 de marzo de 2026. A continuación te contamos algunos puntos clave que debes conocer sobre la ley que regula el regreso de la carrera de magisterio en Guatemala.

El Decreto 4-2026 establece la creación de Escuelas e Institutos Normales con Especialidades, tanto públicos como privados y por cooperativa de enseñanza.
Estos centros estarán a cargo de la formación inicial de maestros para el ejercicio de la docencia en distintas especialidades y modalidades.
La carrera de magisterio durará cuatro años y se desarrollará en dos etapas durante el ciclo diversificado:
El ciclo escolar para los estudiantes de la carrera de magisterio aumentará de 180 días a 210 días efectivos de clases anualmente.
Los estudiantes que deseen formarse como maestros deben haber aprobado el ciclo de educación básica en un establecimiento de educación básica y contar con las materias aprobadas con una nota de 75 puntos.
Las personas que no hayan alcanzado este puntaje podrán tomar un curso propedéutico, a desarrollarse entre octubre y diciembre.

En su artículo 39, el Decreto 4-2026 establece al Mineduc como la institución a cargo de la entrega de títulos de Maestros de Educación Primaria con la especialidad correspondiente a los estudiantes que finalicen y aprueben la carrera de magisterio, en cualquier de sus modalidades y especialidades.
Las escuelas e institutos normales privados con especialidades deben informar del costo anual de sus servicios académicos a los padres de familia en Asamblea General, con un mínimo de 6 meses de anticipación, en presencia de autoridades de la Dirección Departamental correspondiente.
Los docentes egresados de las escuelas e institutos normales con especialidades, tanto públicas como privadas o por cooperativa de enseñanza, serán incorporados al banco de datos temporal para futuras contrataciones en los niveles educativos de inicial, preprimaria y primaria.
Asimismo, se establece que las escuelas e institutos normales podrán solicitar ante la Dirección Departamental de Educación respectiva, un puesto oficial en los niveles de educación inicial, preprimaria y primaria, según sea el caso, para maestros recién graduados por año.
Para optar por este beneficio, se requerirá que el estudiante obtenga un promedio de calificaciones de 95 puntos como mínimo, a partir del cuarto grado de magisterio hasta su graduación. Además, debe tener un récord estudiantil de buena conducta y aptitudes vocacionales.
Estos son solo algunos puntos de la Ley de escuelas e institutos normales con especialidades, para leer el acuerdo completo puedes ingresar a este enlace.
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