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Covid-19: Medidas que estarán vigentes en Guatemala a partir de julio 2021

Sociedad | Por: Candy Grajeda | Actualizado el:
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Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: Toma panorámica de una de las zonas de Ciudad de Guatemala donde se observan árboles y edificios. (Créditos: MuniGuate)

Te compartimos las medidas que dictó el MSPAS y que estarán vigentes en Guatemala a partir de julio 2021, para prevenir el contagio de Covid-19.

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¡Pilas Pues! En conferencia de prensa el Ministerio de Salud Pública y Previsión Social (MSPAS) dio a conocer las nuevas medidas que estarán vigentes en Guatemala a partir de julio 2021, para la contención y prevención del incremento de contagios por el Coronavirus —Covid-19—.

Así que comparte esta información con tus contactos para que se cuiden y recuerda que si no es necesario que salgas, es mejor que te quedes en casa.

Nuevas disposiciones en Guatemala a partir de julio 2021

Debido al incremento de casos en el país y por el hallazgo de variantes del Sars-Cov-2 en Guatemala, el MSPAS emitió nuevas disposiciones que entrarán en vigencia a partir de julio, en todo el territorio nacional. Esto con el objetivo de minimizar el contagio de la pandemia.

  1. Transporte público: Tanto colectivo, extraurbano y turístico deberán circular únicamente con el 50% del aforo. Esto aplica para los niveles de alerta sanitaria roja, naranja y amarillo.
  2. Mercados municipales, cantonales, satelitales, supermercados, tiendas de conveniencia y de barrio: en municipios con alerta roja tendrán permitido un aforo del 25% del total de ocupación, y abiertos hasta las 7:00 de la noche. Los que estén en semáforo anaranjado y amarillo, lo permitido será el 50% y abiertos hasta las 8:00 p.m.
  3. Centros comerciales, plazas comerciales y similares: en municipios en rojo aforo del 25%, abiertos hasta las 7:00 de la noche. Sin embargo, las áreas comunes como juegos infantiles y áreas de espectáculos deberán permanecer cerrados, mientras que los foodcourts solo podrán vender comida para llevar. Para los ubicados en municipios anaranjado y amarillo, aforo del 50% y abiertos hasta las 8:00 p.m.
  4. Parques nacionales y sitios arqueológicos: (en rojo) aforo permitido de no más de 75 personas, mientras que los que están en anaranjado permitido 100 personas  y amarillo 150 personas, con horario normal, según cada lugar.
  5. Parques públicos, municipales y deportivos: en rojo un aforo del 25% de su capacidad garantizando al menos 4 metros cuadrados por persona, abiertos hasta las 5:00 p.m. Los que estén en anaranjado y amarillo, aforo del 50%  con 4 metros cuadrados por personas y abiertos hasta las 6:00 p.m.
  6. Bares y centros de diversión nocturna: En rojo con aforo del 25% de su capacidad con grupos de 5 personas máximo por mesa, abiertos hasta las 7:00 de la noche, en naranja al 50% abiertos hasta las 8:00 p.m. y en amarillo al 50% hasta las 9:00 p.m.
  7. Cines y teatros: en rojo al 25%, venta de boletos en línea, sin filas en taquilla, abiertos hasta las 7:00 de la noche. En anaranjado con las mismas medidas, abiertos hasta las 8:00 p.m. y los que estén en amarillo, capacidad al 50% con lo anterior y abiertos hasta las 9:00 p.m.
  8. Templos religiosos: en rojo al 25% y abiertos hasta las 7:00 p.m. en naranja también al 25% y hasta las 8:00 p.m. y en amarillo al 50% hasta las 9:00 p.m.

¡Así que pilas pues! Cuida de ti y tu familia, recuerda que el uso de mascarilla es obligatorio, al igual que el lavado de manos, aplicación de alcohol en gel, respetar el distanciamiento social y evitar aglomeraciones . ¿Ya sabías que en Guatemala.com tenemos canal de Telegram? Únete en este enlace de invitación.

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