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Bono 14: Requisitos que se deben presentar en Guatemala para declaración jurada 2020

Sociedad | Por: Candy Grajeda | Actualizado el:
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La declaración jurada se debe enviar en PDF mediante el portal del Mintrab. (Fotos: Google)

A continuación te contamos cuáles son los requisitos para presentar la declaración jurada de no posibilidad económica del Bono 14 en Guatemala.

Según se dio a conocer hoy en el Acuerdo Ministerial 250-2020, estos son los requisitos que se deben presentar en Guatemala para declaración jurada por no posibilidad económica en el pago del Bono 14. ¡A continuación te los detallamos!

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(Foto: legal.dca.gob.gt)

Requisitos para declaración jurada de no posibilidad económica

Según menciona el acuerdo, el patrono que no tenga la posibilidad de pago del Bono 14, podrá hacerla constar mediante Acta Notarial de Declaración Jurada, enviada por vía electrónica mediante el portal web del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

  • No estar en la posibilidad económica de cumplir con el pago de la Bonificación Anual para Trabajadores del sector privado y público (Bono 14).
  • Transcripción de la certificación contable del balance general, la cual debe incluir:
  1. Índices de solvencia, liquidez y endeudamiento al 30 de junio de 2020. Emitidas por perito contador, contador público y auditor, inscritos ante la SAT.
  2. Informe sobre el pasivo registrado contablemente por concepto de provisión para pago del Bono 14 (del 1 de julio 2019 al 30 de junio de 2020).
  • Manifestación de haber presentado ante la SAT declaración de impuestos, del régimen que corresponde a marzo, abril y mayo de 2020.

Esta declaración debe estar en formato PDF y enviada a los quince días después de la publicación del acuerdo ministerial 250-2020 —publicado en el Diario Oficial con fecha 10 de julio de 2020—.

Luego de enviar el acta notarial, la Inspección General de Trabajo enviará una notificación vía correo electrónico sobre la recepción de dicho documento.

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(Foto: Noticias Sololá NS)

Aspectos que debes tomar en cuenta

  • El Bono 14 es un derecho laboral de los trabajores guatemaltecos. Los patronos están obligados a pagar dicha prestación, la cual está regulada a través del decreto 42-92.
  • El presentar esta declaración no exime a los patronos de la responsabilidad que tienen para pagar el Bono 14 a sus empleados.
  • Los trabajadores no pierden el derecho a recibir esta prestación, ya que el pago deberá efectuarse ni bien la empresa tenga la posibilidad económica, según el acuerdo ministerial 250-2020.
  • Los patronos que presenten esta declaración asumen la verificación de la misma, donde se comprueba que la empresa no tiene el flujo económico para cubrir la solvencia del pago.
  • La información consignada en la declaración tiene como finalidad establecer la veracidad de lo que en ella se manifieste y que la Inspección General de Trabajo haga las investigaciones pertinentes en caso de inexactitud y actúe conforme a la ley.
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(Foto: Piqsels)

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