Si te has preguntado ¿cuál es la diferencia entre feriado y asueto en Guatemala? ambas palabras se utilizan para referirse a un día de descanso en el país, pero su significado está marcado por bastantes diferencias. ¡Aprende más a continuación!
¿Cuál es la diferencia entre feriado y asueto en Guatemala?
¿Qué es un feriado?
El feriado está relacionado con las festividades locales de cada municipio. Generalmente, corresponde a la feria patronal, una celebración que honra al santo patrono de la comunidad. Estos días se establecen en los calendarios municipales y varían según la localidad. Por ejemplo, en la Ciudad de Guatemala, el feriado es el 15 de agosto por la festividad de la Virgen de la Asunción, mientras que en Quetzaltenango se celebra el 7 de agosto en honor a la Virgen del Rosario.
Durante el feriado, se organizan actividades religiosas, culturales y recreativas. Las autoridades municipales suelen programar desfiles, conciertos, juegos mecánicos y ventas de comida típica. Este día libre aplica únicamente en el municipio donde se celebra la feria, por lo que no es un descanso general para todo el país.
Algunos ejemplos de feriado
¿Qué es un asueto?
El asueto, en cambio, tiene un alcance más amplio. Es un día no laborable decretado por el Gobierno central o por instituciones específicas debido a una fecha histórica, cívica o conmemorativa.
Un ejemplo es el 15 de septiembre, Día de la Independencia de Guatemala, que se establece a nivel nacional.
En algunas ocasiones, el asueto puede otorgarse por circunstancias excepcionales, como emergencias nacionales o decisiones administrativas de una institución o empresa. A diferencia del feriado, su cumplimiento suele ser general y no se limita a una región específica.
Algunos ejemplos de asueto

¿Qué dice el Código de Trabajo?
El Código de Trabajo de Guatemala contempla los días de asueto remunerado a nivel nacional, y las municipalidades determinan los feriados locales. En ambos casos, los trabajadores tienen derecho a recibir su salario completo, salvo que el descanso no esté reconocido por la ley o el patrono no lo contemple en sus políticas internas.
Si un trabajador labora en un día de asueto o feriado, la ley establece que debe recibir pago adicional, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 127 del Código de Trabajo. ¡Pilas Pues!

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