Vida

Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: En la imagen vehículos en la Ciudad de Guatemala. (Crédito: Muniguate)
A partir de hoy será efectivo la exoneración de multas del impuesto sobre circulación de vehículos, de los últimos dos años.
La Presidencia de Guatemala decretó la exoneración de multas del impuesto sobre circulación de vehículos en los últimos dos años.
El Acuerdo Gubernativo 208-2022 entrará en vigencia a partir de este 5 de agosto que fue publicado en el Diario Oficial hasta el 31 de agosto de 2022.
La Presidencia determinó que los contribuyentes que no han cancelado el impuesto sobre circulación de vehículos terrestres, marítimos y aéreos, durante los períodos de 2021 y 2022 podrán optar a esta exoneración.
De acuerdo con lo publicado, la decisión se tomó para ayudar a los contribuyentes que no han podido pagar.

Por lo que la exoneración será del 100% del valor de la multa, mora, intereses o recargos causados.
Sin embargo, deberán cancelar ante la SAT el 100% del impuesto.
De acuerdo a la Superintendencia de Administración Tributaria, hasta el 1 de agosto se había recaudado Q910 millones.
Además, informó que el parque vehicular es de 4 millones 741 mil vehículos, y de ellos, cerca de los 4 millones pagaron el tributo.

Del parque vehicular, 924 mil 874 son vehículos particulares; 1 millón 573 mil, motocicletas y 297 mil 292, transporte comercial.
Recuerda que para poder optar a este beneficio se debe cancelar el 100% del impuesto y pagarlo hasta el 31 de agosto.
Además, debes verificar el monto a pagar por el impuesto de circulación durante los dos años anteriores.

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