Libro Electrónico Tributario para pequeños contribuyentes de la SAT, Guatemala
Candy Grajeda•28 febrero 2020 11:09 am
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Conoce el nuevo sistema de Libro Electrónico Tributario que implementó la SAT en Guatemala y que se dirige a los pequeños contribuyentes.
Para usar el nuevo sistema de Libro Electrónico de la SAT, Guatemala, es necesario estar inscrito en FEL. (Foto: SAT)
Conoce el nuevo sistema de Libro Electrónico Tributario que implementó la SAT en Guatemala y que se dirige a los pequeños contribuyentes.
El Libro Electrónico Tributario —LET— es el nuevo servicio en línea que brinda la Superintendencia de Administración Tributaria —SAT— a los guatemaltecos. Este método está orientado a los pequeños contribuyentes.
(Captura de pantalla: SAT)
¿Qué es el Libro Electrónico Tributario?
Esta herramienta digital permite a los pequeños contribuyentes en Guatemala facilitar el registro en línea de las Facturas Electrónicas en Línea —FEL— en el Libro de Compra y Ventas. Dicho beneficio carga al sistema cada factura emitida por ventas o servicios prestados de manera automática.
Por otra parte, este sistema lo pueden usar personas individuales, personas jurídicas y entes o patrimonios. Esto teniendo en cuenta que deben estar inscritos como pequeños contribuyentes. Así mismo, deben poseer al menos un establecimiento activo en la administración tributaria.
(Fotos: SAT)
Disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
Facilita el llenado automático de la declaración mensual.
(Foto: SAT)
¿Cómo visualizar el LET?
Ingresar a la Agencia Virtual.
Seleccionar el menú Consultas / Sistema de Registro del Libro de Compras y Ventas para el Pequeño Contribuyente / Reporte Libro de Compras y Ventas.
Elegir el período correspondiente.
Generar el reporte.
Descargar e imprimir el archivo.
(Foto: SAT)
¿Sabías que?
En este sistema LET, solamente los contribuyentes inscritos al FEL pueden registrar sus facturas electrónicas automáticas, o bien, las que emiten en papel de manera.
Su uso es mensual y si se retiene el IVA, el guatemalteco debe usar la herramienta posterior al vencimiento del pago de retenciones por parte del agente retenedor.
Existen dos casos especiales: cuando el impuesto a pagar es cero o también cuando se paga con valor.