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Descripción de la foto para personas con discapacidad visual: Un celular con un número de teléfono en la pantalla. (Crédito: Unsplash/Alexey Demidov y Canva)
El Decreto 14-2025 es la ley para conservar número de celular al cambiar de compañía y fue aprobada por el Congreso de la República en noviembre 2025.
En esta nota te contamos más del Decreto 14-2025, la nueva ley para conservar número de celular al cambiar de compañía telefónica, aprobada recientemente por el Congreso de la República.
El pasado 11 de noviembre de 2025, el Congreso de la República de Guatemala aprobó el Decreto 14-2025, Ley Portabilidad Numérica en Telefonía Móvil. Una normativa que permitirá a los guatemaltecos conservar su número telefónico, aún cuando cambien de compañía de servicios.
Antes de esta ley, al cambiar de empresa telefónica, los usuarios tenían que cambiar su número de celular y actualizarlo con todos sus contactos. Esta situación se modificará al momento de publicación del decreto en el Diario Oficial, que aún se encuentra pendiente.
Sobre la importancia de la aprobación de esta normativa, el Congreso de la República destacó que «el número de teléfono funciona como un identificador personal, comparable al Documento Personal de Identificación (DPI) y otros medios legales que permiten identificar a una persona. Es esencial para múltiples actividades cotidianas, tanto laborales como familiares. Por ello, cambiar de empresa proveedora de servicios telefónicos puede afectar directamente al usuario».
Como parte del Decreto 14-2025, la Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT) deberá emitir un reglamento en el que regule a nivel administrativo y técnico el proceso de portabilidad numérica. Este deberá ser publicado dos meses después de que la normativa entre en vigor.
Con la ley para conservar número de celular al cambiar de compañía telefónica los usuarios serán propietarios de su número telefónico, tanto celulares prepago como de línea, por lo que podrán decidir con qué compañía telefónica trabajar.
La solicitud para conservar el número de celular al cambiarse de compañía telefónica deberá realizarse con la nueva empresa de servicios. Esta será la responsable de realizar el proceso correspondiente con la empresa actual.
Tanto la nueva compañía como la antigua deberán cooperar para facilitar la o las gestiones necesarias para que los números telefónicos sean transferibles entre redes.
El Organismo Legislativo señaló que el proceso debe ser «ágil, eficiente, oportuno y sin costo alguno para los clientes». La nueva empresa telefónica es responsable de brindar a los usuarios información accesible sobre los requisitos, procedimientos, tiempos y otros datos relevantes sobre la gestión.
El reglamento deberá asegurarse de que el proceso sea sencillo, tanto de forma presencial como electrónica, y requerirá que únicamente se solicite el Documento de Identificación Personal (DPI).
Todas las personas tendrán derecho a solicitar la portabilidad numérica, sin importar razones de plan, antigüedad u otros criterios. Para poder solicitarlo, los usuarios deberán tener el servicio habilitado, estar libre de solicitudes de portabilidad de otras compañías y no tener una deuda líquida y exigible por los servicios.
La normativa está pendiente de entrar en vigencia porque aún no ha sido publicada en el Diario Oficial. Te invitamos a que te mantengas pendiente de nuestros contenidos, ya que estaremos ampliando la información en cuanto sea anunciada en los canales oficiales.
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